Un juzgado de Cutral Co realizó una audiencia presencial con una intérprete de lengua de señas para comunicarle a un trabajador con discapacidad auditiva el resultado de una sentencia que declaró ilegítimo su despido de un supermercado.
La decisión fue adoptada por el Juzgado de Primera Instancia N.º 2 Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la II Circunscripción Judicial, a cargo del juez Eduardo Richter, quien consideró que la empresa no garantizó una comunicación adecuada y accesible durante la relación laboral.
La demanda fue presentada por el trabajador luego de ser despedido tras recibir distintas sanciones disciplinarias relacionadas con presuntas inasistencias e incumplimientos horarios. La empresa argumentó que esas conductas afectaban el funcionamiento normal de la sucursal y sostuvo que el empleado había aceptado las suspensiones aplicadas previamente.
Sin embargo, el magistrado puso el foco en un aspecto central del caso: la discapacidad auditiva del trabajador, una condición conocida por la empleadora durante prácticamente toda la relación laboral. A partir de ello, analizó si las sanciones habían sido notificadas de manera comprensible y accesible, especialmente porque luego fueron utilizadas como fundamento para justificar el despido.

Durante el juicio, varios testimonios revelaron serias dificultades de comunicación dentro del ámbito laboral. Uno de los encargados reconoció que la comunicación con el empleado era diferente y admitió que no todos los trabajadores lograban entenderlo correctamente.
Otros testigos señalaron que existían problemas concretos para que el trabajador pudiera comunicarse con sus superiores. Incluso afirmaron que, en algunas ocasiones, se lo convocaba mediante altavoces a pesar de su discapacidad auditiva y que no comprendía plenamente el contenido de las sanciones escritas que debía firmar.
Uno de los declarantes relató que en reiteradas oportunidades tuvo que intervenir para explicarle distintas situaciones laborales. También indicó que, en algunos casos, fue necesario recurrir a familiares para transmitirle información relevante sobre decisiones adoptadas por la empresa.
Otro testigo sostuvo que el trabajador sabía firmar documentos, pero aclaró que eso no significaba necesariamente que comprendiera el contenido de aquello que estaba suscribiendo.
Con base en esas pruebas, el juez concluyó que las sanciones disciplinarias no fueron comunicadas de forma adecuada ni accesible, lo que resultó determinante para considerar ilegítimo el despido y reforzar la importancia de garantizar condiciones de inclusión y accesibilidad para las personas con discapacidad en el ámbito laboral.