El lenguaje claro favorece el control ciudadano de la actividad judicial

En una sociedad democrática, la Justicia está obligada explicar claramente a la sociedad los motivos por los cuales adopta una determinada decisión y no otra. [...]

Esto implica no solo poner a disposición de la ciudadanía los fundamentos de las resoluciones, por ejemplo, en una plataforma digital de libre acceso; sino que dichos contenidos estén expresados de manera suficientemente clara para que la gente pueda comprenderlos. Especialmente, en aquellos casos que han generado conmoción pública. No hay que olvidar que, en última instancia, es el pueblo el que otorga a los tribunales el poder están ejerciendo y, en consecuencia, tiene derecho a controlar su ejercicio.

Un lenguaje jurídico hermético a lo sumo cumple con la función endoprocesal de la motivación de las sentencias y demás resoluciones (para usar un concepto de Michele Taruffo), es decir, solo garantiza la continuidad del proceso y el derecho al recurso. Sin embargo, no satisface la función extraprocesal, esto es, no permite el control ciudadano de actividad judicial. Si la Justicia solo se enfoca en el funcionamiento procesal y se desentiende de la comunicación con la sociedad, tarde o temprano, tendrá que enfrentarse a un debilitamiento de la confianza pública y una merma de su legitimidad social.

Esta preocupación ya estuvo presente en las deliberaciones de la Cumbre Judicial Iberoamericana en 2016 y quedaron plasmadas en el Documento de Asunción (Paraguay): “Afirmamos que la legitimidad de la judicatura está ligada a la claridad y calidad de las resoluciones judiciales, y que ello constituye un verdadero derecho fundamental del debido proceso; a tal efecto, entendemos que es esencial el uso de un lenguaje claro, e inclusivo y no discriminatorio en las resoluciones judiciales, y una argumentación fácilmente comprensible” (punto 63).

Sin resoluciones escritas en lenguaje claro, la transparencia judicial se limita a una publicidad para expertos. Así, se excluye a la comunidad sin formación jurídica de la posibilidad de controlar del quehacer judicial. De esa manera, los tribunales sólo alcanzan un nivel parcial de transparencia.

Si las sentencias son públicas, pero muy pocas personas las entienden ¿hasta qué punto podemos hablar efectivamente de transparencia judicial? ¿No estaríamos, acaso, ante una transparencia aparente? Indudablemente, una forma opaca de expresar las decisiones jurisdiccionales resulta incompatible con una Justicia auténticamente transparente y democrática. Por eso, revertir esta situación puede considerarse una cuestión urgente para elevar la calidad institucional de los poderes judiciales.

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